El 20 de agosto entró en vigor una norma muy deseada por todos los operadores jurídicos que representamos a clientes en distintos países en asuntos civiles y mercantiles. En muchas ocasiones, nos encontramos con importantes lagunas en el ordenamiento nacional y de la UE en materia de ejecuciones y de aplicación transfronteriza de las disposiciones, así como problemas de reconocimiento de resoluciones extranjeras.
“Sección: Arbitraje y Litigación. La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil”. Felipe García, Socio de Círculo Legal Madrid.
Nov 2, 2015 | Nuestro Blog
Te puede interesar...
-
Nueva moratoria para presentar concurso
Dic 10, 2020